¿Qué hago para talar un árbol ubicado en el predio de mi propiedad ?
Rta: Debe pasar una solicitud por escrito, manifestando el nombre del predio, vereda y municipio en que se ubica. Ésta debe estar firmada por el propietario y por otras personas si está autorizada debidamente por escrito, anexando el certificado de libertad y tradición para acreditar la propiedad con una vigencia no superior a tres meses de expedición.
¿Qué hago para talar un árbol ubicado frente a la vivienda o en la vía pública?
Rta: Debe solicitarlo por escrito o diligenciar el formulario que se entrega, el cual debe contener la ubicación exacta del árbol.
¿Qué debo hacer para colocar una queja porque los vecinos colocan música a muy alto volumen y me está afectando?
Rta: Debe acercarse a la Inspección Ambiental y Ecológica de Ibagué, ubicada en la calle 4ª con carrera 10ª de la ciudad, o a la inspección de policía del sector y colocar la querella por perturbación a la tranquilidad, de acuerdo con lo establecido por el Código de Policía del Tolima.
¿Qué se requiere para realizar la tala de unos árboles de mango, guayabo u otros frutales?
Rta: La Corporación no da permisos para este tipo de actividad debido a que el Decreto 1971 de 1996, en su artículo 72, establece que por su característica leñosa no requiere de permiso de la autoridad ambiental competente; sólo necesita un salvoconducto y si va a sacar subproducto (carbón) para su comercialización.
¿Qué tengo que hacer para realizar el registro de una plantación que tengo hace varios años y que ahora deseo comercializarla?
Rta: Esta actividad no es competencia de la Corporación, sino del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Debe acercarse a esa entidad, para que se le indique el procedimiento correspondiente.
¿Qué tengo que hacer para que me dejen en depósito un animal que me decomisó la policía ambiental?
Rta: Debe esperar que la policía presente informe a la Corporación. Una vez se surta esto se le informará el procedimiento a seguir.
¿Qué debo hacer para que la Corporación me autorice extraer material (arena, murrio, gravilla) de una quebrada o de un río?
Rta: Debe registrar el área de explotación ante INGEOMINAS; si no, acercarse a la alcaldía del municipio respectivo debido a que, de acuerdo con la Ley 685 de 2001, se establece que quien debe hacer control al respecto es la administración municipal.
En el sector donde resido se ha venido presentando, debido a la ola invernal, un deslizamiento de terrenos, generando peligro a los residentes del sector, por lo tanto solicito que CORTOLIMA construya unos gaviones. ¿Qué puedo hacer?
Rta: Debe presentar una solicitud por escrito, dirigida a la Subdirección de Desarrollo Ambiental, exponiendo la problemática generada, con el objeto de que se realice una visita y se determine la viabilidad de lo requerido.
¿Qué tengo que hacer para que la corporación me colabore con unos árboles?
Rta: Debe solicitarlo por escrito, determinando cuántos necesita y dónde va a realizar la siembra de los mismos.
¿Qué tengo que hacer para que CORTOLIMA me compre un predio?
Rta: La corporación actualmente no está comprando predios. Se compra tan sólo los que estén en el área de influencia en el caso del sur del Tolima - Triángulo del Tolima a través de un convenio con el Fondo Nacional de Desarrollo (Fonade), una vez se cumpla un estudio, el área de influencia del Machín; los predios ya fueron seleccionados. Por lo tanto, debe de acercarse al Municipio y hacer el ofrecimiento al respecto.
¿Qué debo hacer para que me tengan en cuenta en un proyecto de reforestación?
Rta: Debe solicitarlo por escrito.
¿Qué debo hacer si un vecino viene realizando tala de árboles o realizando unos vertimientos?
Rta: Debe traer una queja por escrito. O si quiere hacerla llegar por Internet, se le recibe siguiendo este enlace: Quejas Y Reclamos
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